Desde el punto de vista político, jurídico y social, una de las razones básicas de la existencia del Estado y los gobiernos es el ejercicio de las políticas sociales, teniendo como enfoque central los grupos poblacionales de pobreza, pobreza extrema, marginados y en riesgo social. Esta acción ha estado presente en el siglo de existencia del Estado panameño. Se tiene constancia que desde inicios de la República ha existido la labor social estatal en los asilos, hospicios, orfanatos, apoyo a organizaciones sin fines de lucro, etc.
Desde la década de los años cuarenta, se cuenta con legislación sobre los subsidios estatales, los cuales se otorgaban a través del Ministerio de Salud, Trabajo y Previsión Social. En la Constitución Política de 1946, en el Título de Derechos y Deberes Individuales y Sociales, Capítulo Segundo- sobre la Familia, los artículos 60, 61 y 62, en establecían lo siguiente:
En 1969, se crea el Ministerio de Trabajo y Bienestar Social (Decreto de Gabinete No. 2 de 15 de enero de 1969), ente que tenía como uno de sus fines sustantivos “planificar, dirigir y controlar el desarrollo de la política laboral y social del Estado”. Para hacer operativo este fin, se creó la Dirección General de Bienestar Social.
También se debe mencionar la creación de la Dirección General para el Desarrollo de la Comunidad (DIGEDECOM) mediante Decreto No. 147 de 3 de junio de 1969, con el objetivo de lograr la metas propuestas de la planificación nacional mediante la coordinación de los programas de desarrollo, promoviendo la organización y movilización de los niveles locales comunitarios. La DIGEDECOM se adscribe luego al Ministerio de Gobierno y Justicia y finalmente se incorpora a la estructura organizativa del MINJUMNFA, cuando este ministerio se crea en 1997, como Dirección Nacional de Promoción Social y Acción Comunitaria (Ver artículos 13, 14 y 27 de la Ley 42 de 1997).
En 1997, se crea el Ministerio de la Juventud, la Mujer, la Niñez y la Familia mediante la Ley 42 del mismo año. Como parte de una reorganización del Ministerio de la Juventud, se aprueba la Ley 29 de 2005, por la cual se crea el Ministerio de Desarrollo Social (MIDES), marcando así el cierre de un modelo de enfoque social y el inicio de una nueva institucionalidad rectora orientada a cambios en los aspectos conceptuales (las políticas) y funcionales (definición en la planificación estratégica, operacional y orgánica funcional).
La creación del MIDES significó la existencia de una cartera dedicada al Desarrollo Humano, la articulación de sinergias al interior del Estado, consultas con distintos sectores de la Sociedad Civil, la revisión de experiencias foráneas en esta materia y la armonización con la perspectiva social durante ese período, generando nuevos enfoques en las competencias y jurisdicciones, nuevos roles rectores en el Gabinete Social y, por ende, en el Estado. Para lograr cumplir con este mandato el gobierno en turno decidió crear tres instituciones de gestión pública en la ejecución de las políticas sociales diseñadas por el MIDES:
Las tres instituciones mencionadas responden a Juntas Directivas que son presididas por el Ministro de Desarrollo Social, quien a su vez las representa ante el Consejo de Gabinete. Lo cual revela una organización gubernamental estructurada como un Sistema Integral de Protección Social ratificando el carácter de Ente Rector en las políticas para la protección social.
En el 2011, se activa el Consejo de Políticas Públicas de Juventud (CPPJ), que fue creado mediante Decreto No. 7 de 1999 y el Consejo Nacional del Adulto Mayor (CONAM), creado mediante Decreto No. 23 de 1999, ambos consejos están integrados por representantes de la Sociedad Civil y del Estado.
En el período de gobierno pasado (2009-2014) no se crearon instituciones para ejecutar y coordinar la política social que dictara el ministerio; sin embargo, se establecieron dos programas insignias en favor de dos grupos de atención prioritaria nítidamente identificados: los Adultos Mayores y las Personas con Discapacidad. El primero creado mediante Ley 44 de 2009, “Programa 100 a los 70” que implementaba la protección a adultos mayores de 70 años y más en condiciones de desprotección y pauperización. El segundo programa fue creado mediante Ley 39 de 2012, denominado “Programa Ángel Guardián”, que está destinado a personas con discapacidad severa en condiciones de dependencia y pobreza extrema, con la finalidad de promover y proteger sus derechos y libertades fundamentales.
Al dictarse la Ley 89 de 2012 se incorporó al Ministerio de Desarrollo Social la Secretaría Nacional para el Plan de Seguridad Alimentaria y Nutricional (SENAPAN), la cual maneja el Plan Nacional de Seguridad Alimentaria y Nutricional.
A la fecha, la actual administración de gobierno promovió y promulgó la Ley 15 de 2014, mediante esta reforma se redujo la edad a 65 años y más para ampliar la cobertura y se aumentó la transferencia monetaria de 100 a 120 balboas mensuales para las personas en condiciones de riesgo social, vulnerabilidad, marginación o pobreza, y quienes no presenten registros de patrimonios ni cuenten con pensión ni jubilación.
Igualmente se dictó la Ley 29 de 2014, con la cual se reglamentó la actividad de Voluntariado en Panamá. En noviembre, mediante Ley 32 de 2014 se modifica la Estructura Orgánica del MIDES con miras a continuar con la reorganización institucional y se adiciona a la Ley a los Grupos Étnicos Representativos, creándose el Consejo Nacional de la Etnia China.
Adicionalmente, se dictó, el 30 de octubre de 2014, el Decreto Ejecutivo No.335, mediante el cual se reorganizó el Gabinete Social y se dictó la Ley 37 de 2014 con la cual se reguló el funcionamiento de los Bancos de Alimentos.
Todas y cada una de estas modificaciones constituyen parte de la estrategia nacional para “impulsar el desarrollo humano mediante la participación, el fortalecimiento de la familia y la comunidad, la integración social y la reducción de la pobreza”.