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Programa 120 a los 65

Programa 120 a los 65


Es el programa Especial de Transferencia Económica a los Adultos Mayores (hombres y mujeres) que consiste en la entrega de 120.00 balboas mensuales a las personas adultas mayores de 65 años o más sin Jubilación ni Pensión, en condiciones de riesgo social, vulnerabilidad, marginación o pobreza.

Requisitos de inscripción

Solicitud de beneficio al programa “B/. 120 a los 65”.

 

  1. Tener sesenta y cinco (65) años cumplidos.
  2. Copia de Cédula del Aspirante y todos los miembros del hogar.
  3. Ficha de Talonario de pago de los que trabajen en el hogar.
  4. Certificación de Residencia del Tribunal Electoral (área urbana) o Certificación de la corregidora (área de difícil acceso).
  5. Copia de recibo de luz o agua.
  6. Nota de la Corregiduría (en el caso si donde vive el aspirante no paga luz o agua).
  7. Diagnóstico Médico ( Personas con Discapacidad).
  8. Croquis de cómo llegar a su residencia (bien detallado); no impresión de Google.

Preguntas frecuentes

¿ En qué lugares se pueden registrar las personas adultas mayores?

En las Direcciones Regionales, Provinciales y Comarcales del Ministerio de Desarrollo Social (Mides) y en las Juntas Comunales autorizadas.

¿A partir de qué fecha podemos acudir al Mides para inscribirnos en el programa?

Las inscripciones al Programa están abiertas permanentemente.

¿Cómo van a pagar en las transferencias económicas a los adultos mayores?

Se entregarán trescientos sesenta balboas en efectivo cada tres meses a la persona beneficiada o a la persona que la represente, siempre y cuando el responsable haya realizado el trámite correspondiente.

¿En qué lugar van a hacer las entregas o pagos de las transferencias económicas a los adultos mayores?

Por medio de los Bancos (Banco Nacional y Caja de Ahorros) y en Áreas de difícil Acceso.

¿Qué pasará con las personas adultas mayores que cumplen con los requisitos y que ya son usuarios directos de la red de oportunidades?

Las personas adultas mayores que actualmente reciben directamente la Transferencia de la Red de Oportunidades, serán trasladadas al Programa “120.00 a los 65” previa RENUNCIA.

¿En caso que la persona adulta mayor no sea quien recibe, directamente, la transferencia de la red de oportunidades, pero forma parte de la familia usuaria, puede recibir el beneficio del Programa “120 a los 65”?

Sí. Siempre y cuando cumpla con los requisitos, y se compruebe que no es beneficiado directo de la Red de Oportunidades.

¿La inscripción de la persona adulta mayor, tiene algún costo?

No. La inscripción es gratuita.

¿Existen algunas restricciones del programa?

Sí. La persona que aspira a inscribirse en el programa B/.120.00 a los 65, deberá cumplir con los Requisitos y Condiciones de Elegibilidad establecidos en la Ley 86 de 2010.

¿Si una persona tiene cédula E puede ser beneficiaria del programa?

No. La persona debe tener nacionalidad panameña, de acuerdo a lo establecido en la Constitución.

¿Cómo determinan si la persona puede o no ser beneficiada por el programa “120 a los 65”?

El Mides levantará un Registro Oficial de Datos de las personas que cumplen con los requisitos establecidos en la Ley.

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