En Segundo debate modificación del proyecto de ley que crea la Escuela Vocacional de Chapala

En Segundo debate modificación del proyecto de ley que crea la Escuela Vocacional de Chapala

El proyecto que reforma la ley 6 del 22 de enero de 1965, que crea la Escuela Vocacional de Chapala, paso a segundo debate ante la Comisión de Educación, Cultura y Deporte de la Asamblea Nacional de Diputados.

El Secretario General del Ministerio de Desarrollo Social, Cosme Moreno, explicó que el objetivo primordial es el de actualizar la ley 6 que organizó la Escuela Vocacional, a fin de ordenar la parte administrativa y funcional; además agregó que el proyecto fue aprobada en primer debate y ahora paso a segundo debate por todos los diputados que representan esta delegación.

 Moreno añadió, que dentro de los cambios que se están realizando en la estructura de la escuela se establece que el Ministro de Desarrollo Social, será el presidente de la Junta Directiva, mientras que en el funcionamiento se establecerá el  periodo que van a estar,  además solo se pueden reelegir una sola vez y seguir los requisitos académicos que tienen que cumplir para aplicar para ser el administrador de Chapala.

El Secretario General, aseguró que del presupuesto general del estado se debe asignar a  la escuela Vocacional de Chapala,  la suma no menor de 350 mil dólares todos los años para su funcionamiento, indicó que la confección de las placas y los stiker de los vehículos, únicamente serán fabricadas  por Chapala por lo que todos los Municipios están obligados a contratar a Chapala para la elaboración de las mismas.

Es importante resaltar que a través del Ministerio de Desarrollo Social, los Jueces de Menores, jueces de cumplimiento y la Secretaria Nacional de la Niñez, Adolescencia y familia (SENNIAF), pueden ingresar los jóvenes en riesgo social a la Escuela vocacional de Chapala

Esta ley modifica los artículos 2,3,4,5,6,7,8,9,13,14,15,23,24 y 26, además adiciona el literal g y artículo 10  (referentes al patronato) dos párrafos al artículo 20 (referente a las auditorias) y un párrafo al artículo 22 (referente a la venta de placas)  y deroga los artículos 17 (referente a la venta de placas como entrada mínima de la Escuela Vocacional Chapala).

Ir al contenido